Permite conducir vehículos motorizados de tres o más ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, excluido el del conductor, o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 kilogramos, tales como automóviles, motocoupés, camionetas, furgones y furgonetas. Estos vehículos sólo podrán arrastrar un remolque cuyo peso no sea superior a la tara de la unidad motriz y siempre que el peso combinado no exceda de 3.500 kilos.
Escuela de Conductores
No obligatoria, excepto cuando tengas 17 años de edad.
Idoneidad Moral
Revisión obligatoria de antecedentes personales, por el Director de Tránsito de tu municipio.
Examen Médico
Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen Teórico
Obligatorio. Libro de reglamento www.conaset.cl
Examen Práctico
Obligatorio.
Curso para conductores Clase B
El curso de conducción para obtener licencia Clase B no es obligatorio. Sin embargo, si tienes 17 años de edad, puedes optar a esta licencia siempre que hayas aprobado un curso en una Escuela de Conductores y cuentes con permiso de tus padres, apoderados o representantes legales.
Quiénes imparten el curso Este curso puede ser impartido tanto por Escuelas de Conductores No Profesionales como por Escuelas de Conductores Profesionales que tengan aprobado el programa de enseñanza en la Subsecretaría de Transportes. Las Escuelas de Conductores No Profesionales, además, deben contar con autorización de la municipalidad, por lo que puedes preguntar en tu comuna la situación de la escuela a la que quieres asistir.
¿En qué consiste la evaluación de idoneidad moral?
La idoneidad moral será calificada por el Director o Directora del Departamento de Tránsito de la municipalidad en que se solicita la licencia, a la vista del Informe de Antecedentes expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y del informe del Registro Nacional de Conductores, cuya fecha de emisión no sea anterior a 30 días, que contengan todas las anotaciones que se registren, y en los que consten que el solicitante no está afecto a pena de suspensión o de inhabilidad para conducir vehículos ni que se le ha denegado con anterioridad la licencia que hubiere solicitado. La importancia de esta examinación radica en que su reprobación conlleva a la denegación de todas las clases de licencia a las que aplica el solicitante. Esta evaluación será realizada conforme a lo indicado en el Artículo 2 del Decreto Supremo 170 y Artículo 16 de la Ley de Tránsito.
¿En qué consiste el examen médico?
Examen Sicométrico
• Tiempos de Reacción: Evaluar tiempos de reacción sobre estímulos visuales y reacción con pie o mano.
• Coordinación Motriz: Evaluar capacidad de coordinación, especialmente de ojo-mano para acciones rápidas, precisas y seguras.
Entrevista Médica
• Entrevista con médico donde se realiza una inspección general, toma de presión y preguntas sobre hábitos del postulante.
Examen Sensométrico
• Agudeza visual: Mide la capacidad de percepción nítida de objetos a diferentes distancias, en el día y en la noche.
• Perimetría: Mide los límites de las áreas perceptoras de la retina hacia el exterior, en el plano de enfoque horizontal.
• Visión de Profundidad: Mide la capacidad de ver objetos en diferentes planos, permitiendo evaluar la distancia de acercamiento.
• Visión Nocturna: Mide la capacidad de percepción visual con el mínimo de luminosidad.
• Encandilamiento: Mide la disminución de la percepción visual por exceso de luminosidad permisible.
• Recuperación al encandilamiento: Mide el tiempo de demora en recuperar la visión.
• Visión de colores: Mide la capacidad de los ojos de percibir y diferenciar colores en sus diferentes tonalidades.
• Audiometría: Mide el nivel de audición mínima, en decibeles, en ambos oídos, separadamente, para la frecuencia de 500, 1.000 y 2.000 ciclos por segundo.
Examen teórico
Este examen tiene por objetivo evaluar los conocimientos sobre las disposiciones legales y reglamentarias de tránsito, mecánica básica y conducta vial.
El examen consta de 35 preguntas aleatorias, 3 de las cuales tendrán doble puntuación.
La doble puntuación atenderá a materias vinculadas al consumo de alcohol, velocidad, casco protector, cinturón de seguridad y sistemas de retención infantil.
El examen se aprobará obteniendo un mínimo de 33 puntos de un máximo de 38.
A petición del interesado, el examen teórico podrá ser rendido en idioma inglés.
Examen práctico
El examen práctico está compuesto de dos etapas: conducción libre y conducción guiada.
En la primera parte, el postulante deberá dirigirse a un destino de forma autónoma sin recibir instrucciones por parte del examinador, al punto de destino que haya acordado previamente con el examinador. El día del examen definirás junto al examinador un punto de destino dentro de las opciones disponibles. Luego de finalizada la etapa de conducción libre, el examinador dará las indicaciones para retornar al punto de origen.
Comprobar:
• La destreza del postulante en el control y manejo de los mandos del vehículo.
• Aptitud en la conducción del vehículo a una velocidad normal de circulación, en condiciones de tránsito diario.
• Aptitud en relación al cumplimiento de las normas de circulación, incluyendo la señalización vial.
• Comportamiento y reacciones frente a diversos factores que intervienen en el tránsito y su capacidad de adaptación a las contingencias de la circulación, con especial atención en las de seguridad.
Antes de iniciar el proceso
Puedes revisar las características de cada licencia, sus requisitos y el material de estudio disponible en las páginas web por cada clase de licencia de conducir.
Oportunidades
El proceso de obtención de licencia de conducir da la opción de tener dos oportunidades por cada examen. En caso que repruebes alguno de los exámenes establecidos en la ley, podrás repetirlo una sola vez dentro de cada proceso. Los plazos son los siguientes:
Exámenes prácticos: en un plazo no superior a 25 días hábiles desde la primera reprobación
Exámenes teóricos: en un plazo no superior a 25 días hábiles desde la primera reprobación..
Por otro lado, para el exámen médico, ten en consideración que se podrán solicitar más antecedentes dentro de un plazo que será debidamente informado por el médico.
En caso de tener una denegación por examen médico o idoneidad moral, podrás apelar a este resultado en el Servicio Médico Legal o Juzgado de Policía Local, respectivamente.
Si trascurrido los plazos señalados no concurres, o vuelves a reprobar cualquiera de los exámenes, se entiende que se termina el proceso y se procede a la denegación de la Licencia de Conducir.
Si no obtuviste la Licencia en el primer proceso (es decir, se te denegó), podrás iniciar uno nuevo, presentando los antecedentes requeridos y actualizados en la Municipalidad, luego de 30 días hábiles. Si en este segundo proceso vuelve a denegarse la Licencia para Conducir, de aquí en adelante, deberás esperar 6 meses para iniciar un nuevo proceso.
En caso de que necesites solicitar una prórroga del plazo por motivos justificados (problemas de salud o trabajo, por ejemplo), el municipio, basándose en la Ley de Procedimientos Administrativos, podría acceder a dicha solicitud siempre y cuando ésta se haya requerido antes de que vencieran los 25 días hábiles de plazo de re-examen.
DFL Nº 1 Ley de Tránsito
D.S. Nº 170
Oficio N° 7284
Idoneidad Moral
Revisión obligatoria de antecedentes personales, por el Director de Tránsito de tu municipio.
Examen Médico
Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen Teórico
Obligatorio. Libro de reglamento www.conaset.cl
Examen Práctico
Obligatorio.
¿En qué consiste la evaluación de idoneidad moral?
La idoneidad moral será calificada por el Director o Directora del Departamento de Tránsito de la municipalidad en que se solicita la licencia, a la vista del Informe de Antecedentes expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y del informe del Registro Nacional de Conductores, cuya fecha de emisión no sea anterior a 30 días, que contengan todas las anotaciones que se registren, y en los que consten que el solicitante no está afecto a pena de suspensión o de inhabilidad para conducir vehículos ni que se le ha denegado con anterioridad la licencia que hubiere solicitado. La importancia de esta examinación radica en que su reprobación conlleva a la denegación de todas las clases de licencia a las que aplica el solicitante. Esta evaluación será realizada conforme a lo indicado en el artículo 2 del Decreto Supremo 170 y artículo 16 de la Ley de Tránsito.
Examen Sicométrico
Entrevista Médica
Examen Sensométrico
¿En qué consiste el examen teórico?
Este examen tiene por objetivo evaluar los conocimientos sobre las disposiciones legales y reglamentarias de tránsito, mecánica básica y conducta vial.
El examen consta de 35 preguntas aleatorias, 3 de las cuales tendrán doble puntuación.
La doble puntuación atenderá a materias vinculadas al consumo de alcohol, velocidad, casco protector, cinturón de seguridad y sistemas de retención infantil.
El examen se aprobará obteniendo un mínimo de 33 puntos de un máximo de 38.
¿En qué consiste el nuevo examen práctico?
El examen estará compuesto de dos etapas. En la primera etapa se evaluará el conocimiento y cumplimiento de las normas de seguridad asociadas a la conducción del vehículo cuya conducción permite dicha clase de licencia y la capacidad para desplazarlo con el motor apagado y estacionarlo sobre su soporte. En la segunda etapa se evaluará la posición correcta del postulante sobre el vehículo, su control del equilibrio, su capacidad de coordinar el uso de varios controles (acelerador, embrague y freno), según corresponda, y su habilidad de detenerse en un lugar determinado.
Objetivo del examen:
Comprobar:
Etapa 1: Maniobras y comprobaciones en vehículo con motor apagado:
Etapa 2: Maniobras en vehículo con motor encendido:
El postulante deberá realizar la totalidad de las maniobras N°s 2.6, 2.7, 2.8 y 2.9, en un tiempo máximo de treinta y cinco segundos.