Permite conducir vehículos motorizados de tres o más ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, excluido el del conductor, o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 kilogramos, tales como automóviles, motocoupés, camionetas, furgones y furgonetas. Estos vehículos sólo podrán arrastrar un remolque cuyo peso no sea superior a la tara de la unidad motriz y siempre que el peso combinado no exceda de 3.500 kilos.
Escuela de Conductores
No obligatoria, excepto cuando tengas 17 años de edad.
Idoneidad Moral
Revisión obligatoria de antecedentes personales, por el Director de Tránsito de tu municipio.
Examen Médico
Obligatorio. Evaluación en el municipio.
Examen Teórico
Obligatorio. Libro de reglamento www.conaset.cl
Examen Práctico
Obligatorio.
Curso para conductores Clase B
El curso de conducción para obtener licencia Clase B no es obligatorio. Sin embargo, si tienes 17 años de edad, puedes optar a esta licencia siempre que hayas aprobado un curso en una Escuela de Conductores y cuentes con permiso de tus padres, apoderados o representantes legales.
Quiénes imparten el curso Este curso puede ser impartido tanto por Escuelas de Conductores No Profesionales como por Escuelas de Conductores Profesionales que tengan aprobado el programa de enseñanza en la Subsecretaría de Transportes. Las Escuelas de Conductores No Profesionales, además, deben contar con autorización de la municipalidad, por lo que puedes preguntar en tu comuna la situación de la escuela a la que quieres asistir.
¿En qué consiste la evaluación de idoneidad moral?
La idoneidad moral será calificada por el Director o Directora del Departamento de Tránsito de la municipalidad en que se solicita la licencia, a la vista del Informe de Antecedentes expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y del informe del Registro Nacional de Conductores, cuya fecha de emisión no sea anterior a 30 días, que contengan todas las anotaciones que se registren, y en los que consten que el solicitante no está afecto a pena de suspensión o de inhabilidad para conducir vehículos ni que se le ha denegado con anterioridad la licencia que hubiere solicitado. La importancia de esta examinación radica en que su reprobación conlleva a la denegación de todas las clases de licencia a las que aplica el solicitante. Esta evaluación será realizada conforme a lo indicado en el Artículo 2 del Decreto Supremo 170 y Artículo 16 de la Ley de Tránsito.
¿En qué consiste el examen médico?
Examen Sicométrico
• Tiempos de Reacción: Evaluar tiempos de reacción sobre estímulos visuales y reacción con pie o mano.
• Coordinación Motriz: Evaluar capacidad de coordinación, especialmente de ojo-mano para acciones rápidas, precisas y seguras.
Entrevista Médica
• Entrevista con médico donde se realiza una inspección general, toma de presión y preguntas sobre hábitos del postulante.
Examen Sensométrico
• Agudeza visual: Mide la capacidad de percepción nítida de objetos a diferentes distancias, en el día y en la noche.
• Perimetría: Mide los límites de las áreas perceptoras de la retina hacia el exterior, en el plano de enfoque horizontal.
• Visión de Profundidad: Mide la capacidad de ver objetos en diferentes planos, permitiendo evaluar la distancia de acercamiento.
• Visión Nocturna: Mide la capacidad de percepción visual con el mínimo de luminosidad.
• Encandilamiento: Mide la disminución de la percepción visual por exceso de luminosidad permisible.
• Recuperación al encandilamiento: Mide el tiempo de demora en recuperar la visión.
• Visión de colores: Mide la capacidad de los ojos de percibir y diferenciar colores en sus diferentes tonalidades.
• Audiometría: Mide el nivel de audición mínima, en decibeles, en ambos oídos, separadamente, para la frecuencia de 500, 1.000 y 2.000 ciclos por segundo.