EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA INFORMA SOBRE EL PROCESO DE ARRIENDO PARA EL ADULTO MAYOR
FECHA DE POSTULACION: DESDE EL 23 DE AGOSTO AL 27 DE OCTUBRE.
REQUISITOS:
EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA INFORMA SOBRE FECHA DE POSTULACIÓN LLAMADO INDIVIDUAL DS.49 FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA:
El llamado para postular al Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda (D.S.49), en modalidad de adquisición de vivienda, se realizará en noviembre del 2022. Las personas y familias interesadas en participar deberán tener depositados 10 UF como ahorro mínimo en su cuenta de ahorro para la vivienda, a más tardar el último día hábil del mes de Octubre antes de las 12:00 horas.
El período en que se realizaran las postulaciones está sujeto a confirmación.
Nota: Las 10 UF como mínimo se consideraran según la UF del día 31 de Octubre.
Subsidio de Arriendo, llamado regular D.S N°52
El Subsidio de Arriendo es un aporte temporal que entrega el estado a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda. Las familias beneficiadas reciben un subsidio total de 170 UF, el que se entrega de manera mensual con un tope y podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años. De esta forma, las familias deben solventar mensualmente una parte del valor del arriendo de la vivienda, porque la otra es pagada con el subsidio obtenido.
Requisitos:
El Departamento de Vivienda informa reuisitos para el proceso a Postulación de Arriendo Tradicional
Decreto Supremo N°1 “Clase media”
¿En qué consiste?
Es un programa habitacional orientado a personas que no sean propietarios de una vivienda, les permite acceder a un aporte económico para comprar una casa o departamento nuevo o usado, permitiendo completar el valor final del inmueble con recursos propios o crédito hipotecario. Este decreto se compone de tres tramos, que dependerá de la capacidad de ahorro y del tramo del RSH de la persona, decidir a cual postular. En el caso de las personas más vulnerables del país, aquellas que se encuentran en el 40% de su RSH, el subsidio puede ser homologado a los programas de integración social, donde la persona no necesita de un crédito hipotecario para complementar el valor final de la vivienda.
Requisitos Generales:
DS.49 “Fondo Solidario de Elección de Vivienda”
Este programa está destinado a familias que no son dueños de una vivienda y que se encuentren en el 40% de su RSH, les permite postular a una ayuda económica para adquirir una vivienda usada o nueva, este subsidio también puede ser homologado a los programas de integración social, donde la persona no necesitara un crédito hipotecario para complementar el valor final de la vivienda.
Requisitos: